LINEAMIENTOS PARA LA PROTECCIÓN DE LOS FUNCIONARIOS POLICIALES DEL SERVICIO DE VIGILANCIA Y PATRULLAJE TIPO MOTORIZADO CONTRA LA VIOLENCIA HOMICIDA EJECUTADA POR LOS GRUPOS ESTRUCTURADOS VIOLENTOS DE LA DELINCUENCIA ORGANIZADA
Comisionado Agregado (PBA) Wuinston Alejo, Pinto
wipi700@gmail.com
RESUMEN
El Artículo Científico, persigue como propósito principal, informar a la comunidad académica-científica y policial, los hallazgos alcanzados en el trabajo de grado titulado: Lineamientos para la Protección de los Funcionarios Policiales del Servicio de Vigilancia y Patrullaje Tipo Motorizado contra la Violencia Homicida Ejecutada por los Grupos Estructurados Violentos de la Delincuencia Organizada desarrollada, en virtud del debilitamiento progresivo de la Función Policial como pilar fundamental del Estado venezolano para garantizar el derecho fundamental de la seguridad a través del Servicio de Patrullaje ejercido por los Cuerpos de Policía, especialmente por medio del Servicio de Vigilancia y Patrullaje Motorizado desarrollado en ras del fortalecimiento de la Seguridad Ciudadana, evidentemente quebrantada ante la violencia homicida desatada contra los funcionarios policiales integrantes de este servicio.
Descriptores: Lineamientos,
Violencia Homicida, Grupos Estructurados Violentos, Servicio de Vigilancia y
Patrullaje Tipo Motorizado.
ABSTRAC
The Scientific Article, pursues as its main purpose, to inform the academic-scientific and police community, the findings reached in the degree work entitled: Guidelines for the Protection of Police Officers of the Motorized Type Surveillance and Patrol Service against Homicidal Violence Executed by the Violent Structured Groups of Organized Crime developed, by virtue of the progressive weakening of the Police Function as a fundamental pillar of the Venezuelan State to guarantee the fundamental right of security through the Patrol Service exercised by the Police Corps, especially through of the Motorized Surveillance and Patrol Service developed in order to strengthen Citizen Security, evidently broken by the homicidal violence unleashed against the police officers who are members of this service.
Descriptors: Guidelines, Homicidal
Violence, Violent Structured Groups, Surveillance Service and Motorized
Patrolling.
ÍNDICE
GENERAL
|
pp. |
RESUMEN……………………………………………………………….…… |
2 |
ABSTRAC…………………………………………………………………….. |
2 |
INTRODUCCIÓN………………………………………….……..……….….. |
4 |
LINEAMIENTOS PARA LA PROTECCIÓN
DE LOS FUNCIONARIOS POLICIALES DEL SERVICIO DE VIGILANCIA Y PATRULLAJE TIPO
MOTORIZADO CONTRA LA VIOLENCIA HOMICIDA EJECUTADA POR LOS GRUPOS
ESTRUCTURADOS VIOLENTOS DE LA DELINCUENCIA ORGANIZADA…………………………………………. |
5 |
Propósitos de la Investigación……………………………………………… |
13 |
Propósito General…………………………………………………………... |
13 |
Propósitos Específicos…………………………………………………….. |
13 |
Aspectos Teóricos……………………………………………………………. |
14 |
Investigaciones Previas……………………………………………………. |
14 |
Teoría Principal……………………………………………………………... |
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Teoría de Securitización…………………………………………………. |
16 |
Aspectos
Metodológicos…………………………………………………….. |
16 |
Hallazgos……………………………………………………….…………….. |
17 |
REFERENCIAS………………………………..……………………………... |
19 |
INTRODUCCIÓN
El Artículo Científico,
persigue como propósito principal, informar a la comunidad académica, científica
y policial, los hallazgos obtenidos en el trabajo de grado desarrollado en el
Centro de Formación de la Universidad Nacional Experimental de la
Seguridad-Aragua a través del Programa de Formación Avanzada de Seguridad
Ciudadana en la Mención Policial, insertándose la investigación en la línea matriz
denominada: Innovación Doctrina,
Política y Gestión Pública de la Seguridad Ciudadana, concatenada con la línea
potencial: Fundamentos y componentes teóricos de las políticas públicas en
seguridad ciudadana integral.
Todo ello, a la luz de la
problemática descrita en el contexto de la seguridad ciudadana, matizada en sus
contenidos definicionales ante la temática de investigación, observada en la
situación fenómeno observada en el homicidio ejecutado por parte de los grupos
estructurados violentos de la delincuencia organizada contra los funcionarios
policiales para despojarlos del arma de reglamento y el vehículo motocicleta.
En esta dirección, la
investigación comportó los aspectos metodológicos erigidos a través del
paradigma cualitativo vislumbrado hacia el enfoque interpretativo irradiado en
el diseño documental de nivel analítico a la luz del método hermenéutico
asistido por la observación documental como técnica para recopilación de datos
cualitativos correspondida por la matriz de contenido como instrumento, a la
luz del análisis de contenido.
LINEAMIENTOS
PARA LA PROTECCIÓN DE LOS
FUNCIONARIOS
POLICIALES DEL SERVICIO DE VIGILANCIA Y PATRULLAJE TIPO MOTORIZADO CONTRA LA
VIOLENCIA HOMICIDA EJECUTADA POR LOS GRUPOS ESTRUCTURADOS VIOLENTOS DE LA
DELINCUENCIA
ORGANIZADA
Autor: CA (PBA) Wuinston Alejo, Pinto.
Fecha: Marzo, 2022.
La Seguridad, desde el enfoque
humano, es una necesidad básica de protección de la persona, su noción es
centrada en la preservación de la integridad física frente a una situación que amenace
y sitúe en riesgo la vida. En este sentido, la seguridad, es vista desde la
Individualidad, ante el sentimiento de protección contra la amenaza o conjunto
de ellas para la vida, que puedan encontrarse en el ambiente para actuar con total
libertad en el desempeño de cualquier actividad beneficiosa para sí mismo y la
sociedad.
Conforme a este abordaje inicial de
la seguridad, es necesario destacar el compromiso innegable e intransferible de
los Estados como garantes del Derecho Humano Fundamental de la seguridad traducida
en la protección de cada ciudadano para la disposición de un ambiente que asegure
el desarrollo individual y colectivo, lleno de oportunidades para el
forjamiento de un futuro promisor, libre de cualquier forma de amenaza,
principalmente de las amenazas antrópicas que sitúen en peligro la integridad tanto
física como mental e incluso la continuidad del derecho fundamental de la vida.
Porque, cualquier forma de
amenaza antrópica encierra un accionar humano lesivo de todo ordenamiento
jurídico, especialmente, el relativo a los derechos humanos particularizados en
los restantes derechos fundamentales observados en la libertad, de allí la
garantía de la vida, la seguridad y la libertad a ser garantizados para el
disfrute pleno de cada persona.
Lo mencionado, revierte el
pensamiento al contexto nacional a través visto del Estado Venezolano, ante los
contenidos establecidos por la Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela (1999) conforme al mandato fijado en el artículo 55 que dispone el
deber exclusivo e intransferible del Estado como proveedor de la protección necesaria
para todas las personas, quienes se encuentran en pleno derecho de ser
salvaguardadas frente a situaciones que alcancen a configurarse como potencialmente
amenazantes, vulnerantes, riesgosas y peligrosas para la integridad personal, los
bienes privados y públicos.
Para cumplir con este mandato
constitucional el Estado, se sirve de los Órganos de Seguridad Ciudadana, previstos
en el artículo 332 de la Carta Magna, establece su esencia para, “mantener y
restablecer el orden público, proteger a los ciudadanos y ciudadanas, hogares y
familias, apoyar las decisiones de las autoridades competentes y asegurar el
pacífico disfrute de las garantías y derechos constitucionales”.
En esta dirección, relucen los
entes previstos en los Cuerpos de Policía presentes en los ámbitos político
territoriales, nacional estadal y municipal, poseedores de una esencia
preventiva que deviene del carácter ostensivo, el Cuerpo de Investigaciones
Científicas, Penales y Criminalísticas orientado al desarrollo de
investigaciones que permiten discriminar la inocencia o culpabilidad de quienes
perpetren alguna especie de delito, los Cuerpos de Bomberos y Bomberas presentes
en los ámbitos político territoriales estadal y municipal para intervenir
oportunamente en la administración de emergencias de carácter civil relativas
en esencia a los incendios, y la Dirección de Protección Civil y Administración
de Desastres presente en los ámbitos precitados, se encarga de generar medidas
para la gestión de los riesgos presentes en situaciones de emergencias y
desastres, bien sea producto de la naturaleza o la impericia e intencionalidad
del ser humano.
Ahora bien, conforme a la
disposición de tales órganos de seguridad ciudadana, es necesario precisar el orden
teórico jurídico contínuo donde es engranado cada ente precitado, inicialmente a
la Función Policial, la cual:
Constituye uno de los pilares
fundamentales de los fines del Estado, la cual debe garantizar a la ciudadanía
la preservación del orden público y social mediante la protección de los
derechos fundamentales a la vida, a la libertad, a la seguridad y a la
propiedad. (Decreto N° 1.472, 2014, Exposición de Motivos).
En lo esencial, esta definición
teórico jurídica, es enfocada en el accionar conjunto de los órganos de
seguridad ciudadana conforme a la naturaleza y funciones específicas que les
confiere el respectivo ordenamiento jurídico para la protección de las personas,
por lo tanto, es necesario comprender la función policial desde su etimología dada
la acepción “Policía” presente en el Diccionario Etimológico Castellano en
Línea (2021) originaria del griego antiguo según el sentido de, “la relación de
los ciudadanos con el Estado” a través del desarrollo de un, “sistema de
control social” orientado en el presente por la seguridad, como derecho
fundamental a ser garantizado a través de la protección como función propia del
Estado.
Sin duda, lo aludido lleva a la
definición teórico jurídica de la Seguridad Ciudadana establecida en la Ley de
Coordinación de Seguridad Ciudadana (Dflcsc, 2001) a través del artículo 1 como
el, “estado de sosiego, certidumbre y confianza que debe proporcionarse a la
población, residente o de tránsito, mediante acciones dirigidas a proteger su integridad
física y propiedades”, esto lleva a precisar la perturbación de tal estado,
según lo establece dicho instrumento jurídico en la Exposición de Motivos desde
la Inseguridad considerada por el Estado como, “un fenómeno social, que se ha
venido incrementando en los últimos años a pesar de los múltiples esfuerzos
realizados por el Estado para disminuir sus consecuencias”, llevando a
identificar la respuesta del Estado mediante el Servicio de Policía.
De hecho, el Servicio de Policía,
es establecido en la definición teórico jurídica de la Ley Orgánica del Servicio
de Policía y del Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana (2009) mediante el artículo
3 donde es establecida como, “el conjunto de acciones ejercidas en forma exclusiva
por el Estado a través de los cuerpos de policía”, llevando a subrayar la
operacionalización de cada uno en el ejercicio del Servicio de Vigilancia y
Patrullaje.
Respecto al Servicio de
Vigilancia y Patrullaje, este encuentra su definición teórico jurídica específica
en el Reglamento General de la Ley Orgánica del Servicio de Policía y del
Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana (2017) conforme a los contenidos del artículo
32 que le determina como:
El trabajo de despliegue
presencial de los funcionarios y funcionarias policiales, en un área o sector
previamente determinado, a los fines de ejecutar acciones de carácter preventivo
para garantizar el orden y la convivencia ciudadana, así como impedir la
ocurrencia de hechos delictivos, faltas o cualquier otra situación que ponga en
riesgo la integridad física de las personas y sus bienes.
A lo sumo, el Consejo General de
Policía (CGP, 2010) distingue tres (3) tipos de patrullaje, “según los medios
de desplazamiento utilizados” (p. 59) tales como el patrullaje vehicular, en
moto y a pie, distinguiendo además el, “patrullaje con otros medios de
desplazamiento) (p. 60) tales como el patrullaje aéreo, acuático, a caballo y
en bicicleta, alcanzando a especificar en torno al patrullaje tipo motorizado, que
este se encuentra diseñado:
Para realizar un rápido
desplazamiento y concurrencia al lugar de los hechos, complementar y cooperar
con el resto de los servicios y subsistemas. Su ventaja principal es que con
ella el oficial se puede trasladar a lugares que en una unidad vehicular no
podría y a lugares que a pie o en vehículo tardaría mucho en llegar (lugares
accidentados o estrechos, congestionamientos de vehículos, etc.) (p. 59).
Visto de esta manera, surge el
interés investigativo por este tipo de servicio que utiliza el vehículo motocicleta
descrito por su manejo con total sincronía a través ambas manos y pies del
tripulante, empleándose un manubrio cuyo puño izquierdo aloja el retrovisor, el
acelerador y el control del embrague, el puño derecho, el retrovisor, el
acelerador y el freno delantero, mientras, que el pedal izquierdo acciona las
velocidades y el pedal derecho el freno trasero detallándose la estructura de
la moto en el chasis de tubos metálicos que aloja la rueda delantera para la
dirección y la trasera para la tracción, situándose entre ambas el motor de
combustión y los cambios de velocidad cuya cadena tractora hace girar la rueda
trasera, el tanque de combustible se ubica sobre el motor junto al asiento
doble (tripulante y pasajero), asimismo, incluye luces de posición e
iluminación nocturna.
Más allá de esta descripción del vehículo usado
por el servicio de vigilancia y patrullaje tipo motorizado ejercido por los
cuerpos de policía, reluce el interés investigativo por el accionar delictivo
contra los funcionarios policiales, donde en palabras de Bernal, “en los
últimos tiempos son cazados para asesinarlos y quitarles la pistola y moto” (Venezolana
de Televisión, VTV, 2014) por los Grupos Estructurados Violentos de la
Delincuencia Organizada, que operan en los estados del país.
Tal situación fenómeno de acuerdo con López
(2017) es parte de, “una meta epidemia de violencia homicida que traspasa toda interpretación
cuantitativa al ser advertida como un cáncer cuya metástasis carcome invasivamente
todo el tejido social que consecutivamente
aprecia el debilitamiento de toda noción teórica correspondiente a la
seguridad” (p. 2) lo cual, “trasciende hacia una nueva tendencia extendida en
el país, porque, excede las praxis ordinarias y borra los límites en la delincuencia
común y organizada al dejar de ser proclive la elección de víctimas de bajo
riesgo” (p. 25) pasando a asesinar funcionarios policiales en servicio o fuera
de este.
Esto, es conducente al Cuerpo de Policía del Estado
Aragua (CPA) ante el servicio de policía configurado en el servicio de
vigilancia y patrullaje tipo motorizado, encargado del aseguramiento y protección
del orden público conforme al despliegue en recorridos ejecutados por los funcionarios
policiales adscritos al servicio, aunado el uso de los medios provistos por el
Estado para el transporte, las comunicaciones y la autoprotección policial.
Tal situación, desde el pensamiento de López (ob.
cit.), agregando que este fenómeno genera, “el socavamiento de la capacidad de
respuesta del Estado frente a la osadía de los grupos estructurados que afectan
a todas las personas por igual; apareciendo en ellas un sentimiento de
desesperanza ante los asesinatos de quienes deben protegerlos” (p. 25).
Para García (2018) este fenómeno es apreciado a
través del Accionar Homicida contra los Funcionarios Policiales, que vienen perpetrando
los grupos estructurados violentos de la delincuencia organizada, lo cual le
llevo a distinguir en relación a, “los ataques a las sedes policiales, los
funcionarios policiales asesinados o heridos en determinados lugares, horas y
días, lo cual desmejora las condiciones de seguridad, porque, quienes deben
proveerla se han convertido en víctimas por igual de la violencia homicida” (p.
137) claramente interpretada desafío directo contra el Estado.
Al respecto Barreto (2018) alude que, “los
cuerpos policiales al ser objeto de ataques armados han
dejado víctimas fatales entre los funcionarios policiales” (p. 9) fijando
como causa, “las tácticas del terrorismo, transferidas a los grupos
paramilitares presentes en la República de Colombia y la suma de ambos es
asumida por la delincuencia organizada venezolana” (p. 58) lo cual es
conducente al allanamiento del conocimiento autóctono que expresa aspectos de
interés específico, que permiten denotar un cambio evolutivo de los grupos
estructurados violentos de la delincuencia organizada.
En este sentido, Padrino (2018) señala que, “el terrorismo, constituye una práctica aplicada por el líder
negativo a través de la aplicación del código mortal cargado de una hipersaña
que es producida mediante el asesinato de la víctima mediante múltiples
disparos” (p. 70) esencialmente de los funcionarios policiales del servicio de
vigilancia y patrullaje tipo motorizado.
Respecto a los grupos estructurados
violentos de la delincuencia organizada, según Gómez (2020) es preciso seguir investigándolos:
Conforme a la
perpetración del delito de homicidio, sobrepasando toda cuantía registrable por
la tasa anual de homicidios, que bien puede disminuir, más no registrar el
aumento de la violencia homicida aplicada para arrebatar la vida de las
víctimas a través del sufrimiento y atrocidad infligida como una práctica que
ha venido cobrando fuerza valorativa entre los miembros. (p. 8)
Asimismo, es necesario destacar al respecto,
que la violencia homicida alcanza es descrita por López (ob. cit.) como una
espiral creciente:
Matizada por la saña y
crueldad ejercida desproporcionalmente contra sus víctimas, que les confiere la
apropiación de armas de guerra, cuyo poder de fuego permite desplazar toda
autoridad del Estado para la implantación de un orden delictivo terrorista,
comprendido por la imposición del control, la dominación y el sometimiento de
la población que habita una determinada porción de territorio, atentando así
contra todos los deberes y derechos que consagra la Constitución y demás leyes,
de cara a generalizar la inestabilidad en todos los ámbitos estratégicos del
poder nacional, tras vulnerarse la capacidad del Estado para brindar protección
a las personas. (p. 311)
Habida cuenta lo aludido por la fuente, es
claramente evidenciado en los cambios introducidos en el ordenamiento jurídico tras
derogarse la Ley Orgánica de la Delincuencia Organizada promulgada en el año
2005 a cambio de la Ley Orgánica de la Delincuencia Organizada y Financiamiento
al Terrorismo en el año 2012.
Mientras, que la Ley Orgánica de Seguridad de
la Nación (2014) es modificada en el año 2014 al introducir el artículo 59
Sistema de Protección para la Paz como una nueva forma de planificación contra
el crimen organizado, lo cual según López (ob. cit.) obedece a, “los cambios y
transformaciones que vienen mostrando los grupos delictivos en el contexto
nacional, bajo el enfoque categórico de vinculación entre amenazas donde la
delincuencia organizada constituye la amenaza central” (p. 79).
De allí, que todos los aspectos descriptivos
abordados hasta el momento relativos al contexto nacional, constituyan una
mirada que evidencia el redimensionamiento del fenómeno social de la
inseguridad dentro del área problema de la seguridad ciudadana, por cuanto, la
securitización a ser ofrecida por el Estado venezolano a razón del mandato
constitucional dirigido a la protección de las personas y los bienes a través
de los órganos de seguridad ciudadana insertos en la función policial, se
observe revertido para generar el estado de sosiego, certidumbre y confianza a
ser proporcionado a través del accionar policial difundido a través de los
cuerpos de policía particularizados en el CPA como espacio observacional de la
situación fenómeno descrita.
Por cuanto, los cuerpos de policía, recae la
mayor responsabilidad en torno a la función policial ante su carácter ostensivo
que permite una presencia notoria que en parte posee un carácter persuasivo de
todo hecho delictivo, así como de incremento de la sensación de seguridad a
través del ejercicio del servicio de policía mediado por el servicio de
vigilancia y patrullaje tipo motorizado, seriamente afectado por el asesinato frecuente
de sus integrantes para ser despojados del arma de reglamento y el vehículo
motocicleta, bien sea cuando se encuentran ejerciendo el despliegue de
vigilancia y patrullaje o incluso cuando están fuera de servicio y son atacados
y asesinados en la relativa seguridad del hogar.
Propósitos de la Investigación
Propósito
General
Generar los lineamientos para para la
protección de los funcionarios policiales del servicio de vigilancia y
patrullaje tipo motorizado contra la violencia homicida ejecutada por los grupos
estructurados violentos de la delincuencia organizada.
Propósitos
Específicos
Vincular el ordenamiento jurídico vigente en la
República Bolivariana de Venezuela como componente de los lineamientos para la
protección de los funcionarios policiales del servicio de vigilancia y
patrullaje tipo motorizado.
Fusionar el conocimiento emergente acerca de la
seguridad, la seguridad ciudadana y la seguridad de la Nación servido como
componente de los lineamientos para la protección de los funcionarios policiales
del servicio de vigilancia y patrullaje tipo motorizado.
Interarticular los componentes de los
componente para los lineamientos para la protección de los funcionarios
policiales del servicio de vigilancia y patrullaje tipo motorizado contra la
violencia homicida ejecutada por los grupos estructurados violentos de la
delincuencia organizada.
Es así, como tales propósitos buscan las
respuestas que satisfacen cada uno de los contenidos que los estructuran, dada
la expectación causada en la ciudadanía en un contexto vivido donde la
seguridad ciudadana se consolide a través del fortalecimiento de los cuerpos de
policía dirigidos a brindar la protección debida en un ambiente libre de
amenazas.
Aspectos Teóricos
Los
Aspectos Teóricos, brindan soporte a la investigación por medio de las
investigaciones previas, consideradas parte del estado del arte existente hasta
el momento, porque, refleja el conocimiento existente y orienta el conocimiento
a ser desentrañado mediante la investigación científica. Igualmente, reluce la teoría
de anclaje, prevista en la Teoría de Securitización.
Investigaciones
Previas
López (2017) en la
Universidad Nacional Experimental Politécnica de la Fuerza Nacional (Unefa),
desarrolló la tesis doctoral: Modelo Teórico de los Grupos Estructurados de la
Delincuencia Organizada que perpetran actos análogos a las Prácticas del
Terrorismo como Amenaza a la Seguridad de la Nación. La investigación, permite
comprender la delincuencia organizada como una amenaza que trasciende la
seguridad ciudadana hacia la seguridad de la Nación dado el enfoque de
vinculación entre amenazas.
Padrino (2018) en la Universidad Militar
Bolivariana de Venezuela (UMBV) a través del Instituto de Altos Estudios de
Seguridad de la Nación (Iaesen) generó el trabajo de grado: El Líder Negativo
como Amenaza Interna para la Seguridad de la Nación. Al respecto, fue observada
la jefatura de los grupos estructurados existentes en los Centros
Penitenciarios e incluso en las barriadas humildes, sometidas por los designios
del mismo líder negativo para así llamar a quien direcciona, organiza y
planifica los actos delictivos a ser perpetrados contra la sociedad venezolana
dentro de un contexto social peligrosamente dirigido en sentido contrario al
desarrollo del país, ante la instauración de un nuevo orden orientado hacia la
extinción de la vida humana y la degradación del bienestar social.
Barreto (2018) de nuevo en la UMBV mediante el
Iaesen, desarrolló el trabajo de grado: El
Paramilitarismo Urbano presente en la República de Colombia y su influencia
adversa para la seguridad de la Nación. Para ello, aborda la temática
concerniente a la indefinición en el ordenamiento jurídico
vigente en la República Bolivariana de Venezuela.
García (2018) una vez más en la UMBV,
específicamente en el Iaesen, fue desarrollado el trabajo
de grado titulado: La Delincuencia Organizada como Amenaza Interna para la
Seguridad de la Nación. Dicha investigación, abordó la temática enfocada en la violencia homicida desata en los
ataques armados perpetrados contra las personas que integran los ámbitos
estratégicos del poder nacional, especialmente, hacia los funcionarios
policiales y efectivos militares, quienes integran el sistema de seguridad de
la Nación.
Gómez (2020) en la UNES, desarrolló la tesis doctoral titulada: Modelo Teórico de los Grupos Estructurados Violentos de la Delincuencia Organizada. La temática de la investigación abordó afectación de la seguridad ciudadana por la amenaza de la delincuencia organizada, manifiesta a través de los grupos estructurados violentos, dada la saña y crueldad desatada mediante las armas de guerra portadas ilícitamente para asesinar una o varias víctimas, particularmente cuando se trata de funcionarios policiales y efectivos militares o bien miembros contrarios o disidentes de estos u otros grupos delictivos, como lo evidencian las imágenes fotográficas y los videos registrados por los propios delincuentes al momento de perpetrar los homicidios, lo cual, genera un sentimiento de indefensión y temor en las personas, diluyéndose así, toda definición acerca de la seguridad ciudadana.
Teoría Principal
Teoría de Securitización
Emergida de la Escuela de Copenhague de Estudios Críticos de Seguridad (1998) ubicada en Dinamarca, conforme a los aportes de los profesores Barry Buzan, Ole Wæver, y Jacob Hubertus De Wilde. Observada desde la mirada crítica de Navarro (2015) para sobrellevar, “los debates sobre la ambigua naturaleza de los conceptos de seguridad. Plantea que la seguridad es una práctica autorreferencial que cobra sentido cuando una amenaza es designada como tal” (p. v) detectada en los grupos estructurados de la delincuencia organizada, debidamente entrañados científicamente por López, Padrino, Barreto, García y Gómez, lo cual, circunscribe en palabras a la identificación de los cuatro (4) componentes de la Securitización: el Actor Securitizador previsto en el Estado venezolano a través de los Cuerpos de Policía, la Amenaza observada en los grupos estructurados violentos, el Objeto Securitizado previsto en la ciudadanía, aunada la Opinión Pública que respalda al Actor Securitizador ante los homicidios perpetrados contra los funcionarios policiales.
Aspectos Metodológicos
Los Aspectos Metodológicos de la investigación, fueron orientados conforme
al pensamiento y estilo de observación de la realidad por parte del
investigador, lo cual, privó en la elección del paradigma cualitativo vislumbrado
hacia el enfoque interpretativo irradiado en el diseño documental de nivel
analítico a la luz del método hermenéutico asistido por la observación
documental como técnica para recopilación de datos cualitativos correspondida
por la matriz de contenido como instrumento, a la luz del análisis de
contenido.
Hallazgos
El ordenamiento
jurídico vigente en la República Bolivariana de Venezuela, entraña a través de
sus instrumentos comportados por la Constitución, los principios y valores que
orientan la paz y la convivencia ciudadana en aras del proceso de refundación
de la República conforme a la participación activa en los procesos de
desarrollo humano previstos en la educación y el trabajo, por lo tanto, los
funcionarios policiales del servicio de vigilancia y patrullaje tipo motorizado,
deben empoderarse del conocimiento generado por las investigaciones
desarrolladas en la Unefa, la UMBV y la UNES cuyos contenidos esencian el
elemento evolutivo de la violencia homicida ejecutada por los grupos
estructurados violentos de la delincuencia organizada, esto, resulta viable a
través de los procesos de reentrenamiento y formación contínua que deben ser proporcionados
para actualizar sus conocimientos en materia de los actos, métodos y prácticas
asumidos por tales grupos.
A lo sumo, la Ley
Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, debe
ser difundida entre los funcionarios policiales del servicio en mención, a la
luz de aquellos contenidos que prescriben a los grupos estructurados de la
delincuencia organizada, dado el carácter violento, que estos ejercen a través
del porte ilícito de armas de guerra, municiones y explosivos, cuya asimetría
de empleo, saña y crueldad, alcanza visos del terrorismo entre la población
venezolana.
La Ley Orgánica del
Servicio de Policía y del Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana, respecto al
servicio de policía a ser ejercido mediante el servicio de vigilancia y
patrullaje tipo motorizado debe reorientar el conjunto de acciones inherentes,
considerando el elemento evolutivo de los grupos estructurados violentos de la
delincuencia organizada a razón de:
La Estructura
Delictiva, considerando la distribución de funciones delictivas y cantidad de
integrantes en cada uno.
Las Estructuras Físicas
empleadas y el Territorio de Influencia.
El Armamento Portado
Ilícitamente, integrado por Armas de Guerra tipo Automático y Semi-Automático,
Portátil y Colectivo, municiones y explosivos.
Los Medios de
Transporte: Terrestre, aéreo y acuático, así como las rutas frecuentadas y
rutas secundarias de desplazamiento.
El Empleo de
Comunicaciones, mediante las Tecnologías de Información y Comunicaciones dispuesta
por equipos sofisticados.
La Violencia Homicida,
manifiesta a través de la tortura y ejecución, tortura, quema y ejecución, múltiples disparos, descuartizamiento,
sicariato, emboscadas, desplazamiento forzado del hogar y ataques a sedes policiales.
Respecto a la Ley de
Coordinación de Seguridad Ciudadana, resulta de interés el despliegue de
acciones protectoras de la integridad física de los funcionarios policiales del
servicio de vigilancia y patrullaje tipo motorizado para generar el estado de
sosiego, certidumbre y confianza, tras verse protegida la población residente o
en tránsito con el talento humano fortalecido a través de la educación de
vanguardia recibida relacionada con los grupos estructurados violentos de la
delincuencia organizada.
A lo sumo, el fenómeno
objeto de estudio, corrobora la trascendencia de la seguridad ciudadana hacia
la seguridad de la Nación, tras verse afectado su sistema por causa el
asesinato del talento humano policial que lo integra para hacer frente a las
amenazas internas y/o externas.
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